De acuerdo con los artículos 145 y 146 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Ra- diodifusión (LFTR), el IFT está obligado a emitir lineamientos para la protección de la neutralidad de las redes que deben apegarse a principios para garantizar la libertad de elección de las personas usuarias, prohibir la discriminación de contenidos, aplicaciones y servicios por parte de los PSI y preservar la privacidad de los usuarios y la seguridad y calidad de la red y el desarrollo de infraestructura. Estos artículos son la base sobre la cual tienen que construirse los Lineamientos para la Gestión de Tráfico y Administración de Red (en adelante “los Lineamientos”) a la par de que constituyen límites a la liber- tad de configuración regulatoria del Instituto, en tanto los mismos prevén los principios mínimos e irreductibles que se tienen que respetar para garantizar los derechos de las personas usuarias en internet.